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INSCRIPCIONES DESDE EL 23 DE OCTUBRE

El Ayuntamiento de Monforte del Cid pone en marcha la Campaña BONOS CONSUMO MONFORTE DEL CID con la colaboración de FACPYME con el fin de impulsar y reactivar la economía del comercio, la hostelería y servicios de nuestro municipio ayudándonos entre todos nosotros: empresas y ciudadanos.

YA ESTOY INSCRITO EN LA CAMPAÑA ANTERIOR DE BONOS:
En el caso de haber realizado el formulario de readhesión, a través de www.facpyme.com/readhesion/ .Puedes acceder en el enlace de “Ya estoy registrado” con los datos que se han usado para entrar en el perfil en la campaña anterior. 


NO HE PARTICIDADO EN ANTERIORES CAMPAÑAS DE BONOS:
Pulsar en el enlace “Registrar mi empresa" y rellenar todos los campos. Le llegará un correo para confirmar que ha hecho el registro correctamente.
Posteriormente le llegará un nuevo correo cuando se active su comercio, si se cumplen los requisitos de la campaña, para poder acceder a su nuevo perfil. 

 

Para ello, el Ayuntamiento de Monforte del Cid pone a disposición del consumidor los Bonos Consumo con el fin de incentivar la compra en los comercios y establecimientos locales de Monforte del Cid, estimulando el gasto en nuestro término municipal.

Esta campaña es financiada por la Excma. Diputación Provincial de Alicante a través de la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos para la realización de campañas de Fomento del Consumo: Bono-consumo en sus municipios. Anualidad 2023.

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Descarga aquí el cartel de la Campaña.

¿En qué consiste la campaña?

En la Campaña BONO CONSUMO MONFORTE DEL CID cada persona residente o no residente en MONFORTE DEL CID podrá adquirir un máximo de 200€ en forma de bonos, de los cuales el ciudadano solo pagará 100€, ya que la mitad restante estará subvencionada por el Ayuntamiento de MONFORTE DEL CID. Estos bonos podrán ser canjeados en los establecimientos participantes, los cuales se pueden consultar en esta web.

Cada bono será canjeable en una única compra, es decir, un mismo bono no se podrá canjear en dos compras diferentes. Se podrá canjear más de un bono del mismo DNI en una misma compra.

Dentro del límite establecido para cada persona, teniendo en cuenta las condiciones, podrán elegir los bonos a adquirir, hasta completar su límite, entre:

  • Bonos de 20€, de los que se pagarán 10€
  • Bonos de 50€, de los que se pagarán 25€
  • Canjea un bono de 20€ o 50€, por cada compra igual o superior a su valor, respectivamente.

  • Hasta el 12 de noviembre para canjearlos como fecha tope.
  • El importe de los bonos será compensado a los ESTABLECIMIENTOS por FACPYME mediante transferencia bancaria.

Al tratarse de una ayuda pública, la persona beneficiaria o consumidora será el obligado tributario a declararla como ganancia patrimonial en la declaración de IRPF de 2023.

FACPYME
se reserva el derecho de verificar la documentación de los establecimientos participantes en nuestros programas y servicios para garantizar su cumplimiento con los requisitos y bases legales de cada campaña. Esta medida es parte de nuestro compromiso con la integridad y la transparencia en la prestación de servicios de alta calidad. Si tienes alguna pregunta o inquietud sobre este proceso, nuestro equipo de atención al cliente está disponible para ayudarte y proporcionarte la información necesaria.

DARSE DE BAJA COMO COMERCIO DE LA CAMPAÑA:
Si un establecimiento adherido a la campaña quiere darse de baja, tendrá que notificarlo vía email a bonoscomercio@facpyme.es comunicando qué comercio y de qué campaña. 

     

¿En qué consiste la campaña?
Buybono

Buybono

Los bonos deben ser utilizados en los comercios que tengan el distintivo de la campaña.

Para poder utilizar los bonos, debes seguir los siguientes pasos:

1.- Date de alta en la web para poderte descargar bonos desde 20€ hasta un importe máximo de 200€. Si ya estás registrado, accede a tu área privada para gestionar tus bonos.

¿Cómo funciona?

Al programa de BONO CONSUMO MONFORTE DEL CID podrán inscribirse todos los establecimientos que cumplan las siguientes condiciones:

Podrán adquirir la condición de beneficiarios de la presente convocatoria de BONO CONSUMO MONFORTE DEL CID los titulares de establecimientos, personas físicas o jurídicas, independientemente de su forma de constitución, que realicen una actividad empresarial integrada en comercio, hostelería y servicios del municipio de MONFORTE DEL CID, aceptando comercializar y recibir los mismos como medio de pago, y cumplan con los siguientes requisitos:

1) Tener el local afecto a la actividad económica, en el municipio de MONFORTE DEL CID.

2) Estar en situación de alta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social.

Se podrá realizar una solicitud por cada establecimiento o local afecto a la actividad que cumpla con los requisitos de la convocatoria y suscriba la declaración responsable correspondiente.

3) Ser una de las empresas adheridas de MONFORTE DEL CID que NO figuren en la lista siguiente con descripción según la clasificación del Impuesto de Actividades Económicas IAE (Real Decreto ley 1175/1990, de 28 de septiembre), y que corresponden a comercios al por menor de tabaco y artículos de fumador; comercios que tengan una superficie de venta superior a 400 metros de cuadrados y actividades de loterías, casinos, juegos de azar y apuestas. 

  • Grupo 646: Superficie de su sala de ventas sea igual o superior a 400 metros cuadrados. 
  • Epígrafe 647.5: Suministro de productos alimenticios y bebidas a través de máquinas expendedoras.
  • Grupo 655: Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes 
  • Epígrafe 655.1 com. men. combustibles todas clases 
  • Epígrafe 655.2 com. men. gases combustibles 
  • Epígrafe 655.3 com. men. carburantes y aceites vehículos
  • Grupo 661: Comercio mixto o integrado en grandes superficies 
  • Epígrafe 661.1 com. men. grandes almacenes 
  • Epígrafe 661.2 com. men. en hipermercados 
  • Epígrafe 661.3 com. men. almacenes populares
  • Grupo 662: comercio mixto o integrado al por menor 
  • Epígrafe 662.1 com. men. en economatos y coop. de consumo 
  • Epígrafe 662.2 com. men. toda clase art. en otros locales
  • Grupo 663: comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos ...)
  • Epígrafe 663.1 com. men. ptos. alimenticios sin establec. 
  • Epígrafe 663.2 com. men. textiles y confecc. sin establec.
  • Epígrafe 663.3 com. men. calzado sin establecimiento - Epígrafe 6634 com. men. droguería sin establecimiento.
  • Epígrafe 663.9 com. men. otras mercancías sin establecim.
  • Grupo 664. Comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos.
  • Epígrafe 664.1 Venta de toda clase de artículos en régimen de expositores en depósito. 
  • Epígrafe 664.2 Venta de carretes fotos en expositores.
  • Epígrafe 664.9 Comercio al por menor de artículos diversos n.c.o.p mediante aparatos automáticos. 
  • Grupo 665. Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos
  • Grupo 871: Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, incluidos en la red comercial del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.
  • Grupo 872: Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, pertenecientes a otros Organismos distintos del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.
  • Grupo 873: Expendedores no oficiales autorizados para la recepción de apuestas deportivas, de otros juegos y de loterías diversas.
  • Grupo 855: Agentes y Corredores de apuestas en los espectáculos.
  • Grupo 969. Otros servicios recreativos ncop.
  • Epígrafe 969.2 Casinos de juego.
  • Epígrafe: 969.3 Juegos de bingo.
  • Epígrafe 969.4 Máquinas recreativas y de azar.
  • Epígrafe 969.5 Juegos de billar, ping-pong, bolos y otros.
  • Epígrafe 969.6 Salones recreativos y de juego.

Epígrafe 969.7 Otras máquinas automáticas.

4) Encontrarse al corriente con la Agencia Tributaria, Tesorería de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de MONFORTE DEL CID.

Procedimiento para aplicar el descuento

Antes de realizar el descuento es imprescindible VALIDAR LOS BONOS

Esto permitirá comprobar la validez de los mismos, y a la vez, verificar que no se hayan utilizado en otra compra. 

Al realizar la compra, el CLIENTE deberá presentar en el ESTABLECIMIENTO su bono consumo, bien en formato impreso o digital, y será obligatoria la presentación del DNI/NIE con el que se adquirió cada bono.


¿QUÉ PASA SI LOS DATOS NO SON CORRECTOS?

Si el establecimiento no comprueba que el DNI y el Bono pertenezcan a la misma persona que ha ido a canjear el bono presencialmente. Y sube a la App un bono que no es correcto, desde Facpyme no se validará dicha compra y no se procederá a realizarle el pago de la parte subvencionada. 

El CLIENTE debe comunicar a Facpyme, por los medios facilitados, que los datos de sus bonos no son correctos y así proceder al cambio y que puedan usarse correctamente. 

Procedimiento para aplicar el descuento
Procedimiento para aplicar el descuento

Para validar un bono será necesario:

  1. Introducir el DNI/NIE del cliente.
  2. El cliente muestra su código QR.
  3. Escanear el código QR desde la APP o introducir el código del bono consumo manualmente.
  4. Valida el bono que se va utilizar en la compra.
  5. Introducir el importe de la compra y el identificador del ticket de la compra.
  6. Introducir la foto del ticket.
  7. ¡Listo!, el bono ya se ha canjeado en el establecimiento.
Bonos Consumo de Monforte

Establecimientos adheridos

Consulta aquí los establecimientos adheridos a la Campaña Bono Consumo Monforte del Cid

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